RESOLUCION MINISTERIAL Nº 151-89-JUS - Dan preferencia a los limitados físicos para cubrir cualquier plaza vacante del Sector Justicia. 15.03.89



Lima, 07 de Marzo de 1989

Visto el Oficio Nº 205-88-CICIP del Centro de Información y Comunicación de Impedidos del Perú;

CONSIDERANDO:

Que el artículo 19 de la Constitución Política del Estado consagra el derecho del impedido físico y mental al respecto de su dignidad y a un régimen legal de protección;

Que es deber del Estado promover las condiciones necesarias que aseguren a la persona la oportunidad de una ocupación útil, que lo proteja contra el desempleo y subempleo, en virtud de lo dispuesto por el artículo 42 de nuestra Carta Magna;

Que la Ley Nº 23285, Ley de Trabajo de Personas con Limitaciones Físicas Sensoriales e Intelectuales, otorga beneficios tributarios a aquellas entidades y empresas del sector público y no público que den ocupación a personas con limitaciones físicas;

Que mediante Ley Nº 24509, el Congreso de la República aprobó el "Convenio 159 y Recomendación Nº 169 a la Organización Internacional del Trabajo relativo a la Readaptación Profesional y el Empleo de Personas Minusválidas" conducentes a su reintegración social;

Que la Declaración de los Derechos de los Impedidos establece que estas personas tienen derecho a la readaptación profesional que aseguren el aprovechamiento máximo de sus facultades y aptitudes;

Que es política del Sector Justicia garantizar la vigencia plena y efectiva de los derechos fundamentales de la persona así como velar por el imperio de la ley, el derecho y la justicia; y,

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, 3 y 6 del Decreto Legislativo Nº 117 y artículo 153 del Decreto Supremo Nº 006-87-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo Unico.- Dar preferencia a los limitados físicos para cubrir cualquier plaza vacante del Ministerio de Justicia y sus organismos públicos descentralizados, siempre que se presenten a los respectivos concursos, cumplan con los requisitos determinados para la plaza concursada y sus limitaciones físicas no sean incompatibles con el desempeño idóneo en el cargo.

Regístrese y comuníquese.

CESAR DELGADO BARRETO
Ministro de Justicia