19/03/2004.- R.M. Nº 298-2004-MINSA.- Establece "Expedición Gratuita del Certificado de Discapacidad" en diversos establecimientos de salud que cuenten con servicios de rehabilitación. (22/03/2004)
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 298-2004/MINSA
Lima, 19 de marzo del 2004
Vistos, el OFICIO Nº 1173-DG-INR-2003 de la Dirección General del Instituto Especializado de Rehabilitación, el OFICIO Nº 0296-2004-DGSP/MINSA de la Dirección General de Salud de las Personas y el INFORME Nº 277-2004-OGAJ/ MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 7º de la Constitución Política del Perú [T.211,§213], establece que la persona incapacitada para velar por sí misma a causa de una deficiencia física o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad;
Que, por Resolución Ministerial Nº 372-2000-SA/DM [T.294,§182], de fecha 17 de noviembre del 2000, se aprobó el Formato del Certificado de Discapacidad para acreditar la condición de la persona con discapacidad en el nivel corporal, personal y social, disponiéndose asimismo el uso obligatorio de dicho formato en los establecimientos públicos del Sector Salud que atiendan personas con discapacidad y que deban certificar dicha condición;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2003-MIMDES [T.325,§200], se aprobó el Plan de Igualdad de Oportunidades para Personas con Discapacidad 2003 - 2007, en cuya Acción/Medida Nº 8 se estableció la "Gratuidad Progresiva del Certificado de Discapacidad", en los establecimientos de salud del Ministerio de Salud, Seguro Social de Salud (EsSalud), Fuerzas Armadas y Fuerzas Policiales;
Que, en cumplimiento a lo dispuesto en la Acción/Medida Nº 8 del citado Plan de Igualdad de Oportunidades, el Ministerio de Salud, ha venido efectuando Campañas de Expedición Gratuita de Certificados de Discapacidad, según Resoluciones Ministeriales Nº 216 [T.322,§007] y Nº 1154-2003-SA/DM (28 de febrero y 7 de noviembre del 2003); y, en esta oportunidad se ha propuesto una nueva "Expedición Gratuita del Certificado de Discapacidad", con la finalidad de facilitar la inscripción en el Registro Nacional de Personas con Discapacidad;
Con las visaciones de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del señor Viceministro de Salud; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 8º, literal I) de la Ley Nº 27657 [T.308,§235] - Ley del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Establecer la "Expedición Gratuita del Certificado de Discapacidad", en los establecimientos de salud del Ministerio de Salud, del Seguro Social de Salud (EsSalud), Fuerzas Armadas y Fuerzas Policiales, que cuenten con Servicios de Rehabilitación, incluyendo al Instituto Especializado de Oftalmología; por única vez y con la finalidad de facilitar la inscripción en el Registro Nacional de Personas con Discapacidad.
Artículo 2º.- El médico especialista expedirá el citado Certificado de Discapacidad en el formato aprobado por Resolución Ministerial Nº 372-2000-SA/DM [T.294,§182].
Artículo 3º.- Cada establecimiento de salud es responsable del cumplimiento de la presente resolución y, aperturará un registro, en el que consignará todos los datos relacionados a la expedición del Certificado de Discapacidad, consolidando la información mensual para su remisión a la Dirección de Salud correspondiente.
Artículo 4º.- Las Direcciones de Salud, a nivel nacional, serán las encargadas de recepcionar la información sobre el número de certificados expedidos, remitidos por los establecimiento de salud a su cargo, así como aquellos dependientes de la Fuerzas Armadas y Policiales de su jurisdicción. Las Direcciones de Salud y los Institutos Especializados reportarán a la Dirección General de Salud de las Personas el consolidado de la información, la cual se encargará del control posterior.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PILAR MAZZETTI SOLER, Ministra de Salud.
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