RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 019-2003-P-CONADIS - Reconocen miembros del Consejo Nacional del CONADIS



Lima, 15 de diciembre de 2003

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley General de la Persona con Discapacidad, Ley Nº 27050, se creó el Consejo Nacional de Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS, incorporado como un organismo público descentralizado del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, el mismo que, de conformidad con el artículo 6 de la citada Ley, modificado por la Ley Nº 27139, debe encontrarse conformado por quince (15) miembros, dentro de los cuales, la sociedad civil está representada por, un representante de las instituciones privadas de rehabilitación y educación especial (inciso k), tres representantes, uno por cada tipo de discapacidad, elegidos entre los integrantes de las asociaciones de personas con discapacidad legalmente constituidas (inciso I) y un representante de las asociaciones de familiares de las personas con discapacidad por deficiencia mental (inciso m), legalmente constituidas;

Que, la Segunda Disposición Complementaria del reglamento de la Ley General de la Persona con Discapacidad, Ley Nº 27050 dispone que la elección de los representantes signados en los incisos k), I) y m) del artículo 6 de la Ley y su modificatoria la Ley Nº 27139, se debe realizar dentro de un proceso de elección entre las entidades legalmente constituidas; además, a tenor de lo dispuesto por el artículo 10 del reglamento de la Ley Nº 27050, ejercerán la representación por dos (2) años, pudiendo ser reelegidos por un período adicional;

Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 004-2001-P/CONADIS de fecha 14 de octubre del 2001, modificada por Resolución de Presidencia Nº 009-2003-P/CONADIS de fecha 4 de octubre del 2003, se aprobó el Reglamento de Elección de los representantes de las Asociaciones e instituciones de las personas con discapacidad ante el Consejo Nacional del CONADIS;

Que, el sábado 13 de diciembre del 2003 se llevó a cabo la Segunda Asamblea Nacional de Elección de los Representantes de las asociaciones e instituciones de las personas con discapacidad ante el Consejo Nacional del CONADIS, de conformidad con lo establecido por los incisos k), I) y m) del artículo 6 de la Ley Nº 27050, su modificatoria la Ley Nº 27139, los artículos 10 y 11 de su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2000-PROMUDEH y el artículo 2 del Reglamento de Elección antes mencionado;

Que, el artículo 13 del Reglamento de Elección de los Representantes de las Asociaciones e Instituciones de las Personas con Discapacidad ante el Consejo Nacional del CONADIS establece que el CONADIS publicará los resultados de la elección de representantes en el Diario Oficial El Peruano;

En uso de sus facultades, de conformidad con el acuerdo AC 081-2003 de la Sesión Ordinaria Nº 54 de fecha 28 de noviembre del 2003, lo dispuesto en la Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad, su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2000-PROMUDEH y el reglamento de elección de representantes de la sociedad civil ante el Consejo Nacional del CONADIS aprobado por Resolución de Presidencia Nº 004-2001-P/CONADIS modificada por la Resolución de Presidencia Nº 009-2003-P/CONADIS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Reconocer como miembros del Consejo Nacional, órgano de la Alta Dirección del CONADIS, a los siguientes representantes:

- Representante de las Instituciones de Rehabilitación y Educación Especial: Señora Isabel Chirinos Zúñiga, Directora del Centro Educativo Especial Juan Pablo II;

- Representante de las Asociaciones de Personas con Discapacidad Visual: Señor Jorge Núñez Borja de la Asociación Peruana de Invidentes Rehabilitados;

- Representante de las Asociaciones de Personas con Discapacidad Motora: Señora Zheyda Rebeca Mays Yabar de la Federación Departamental de Discapacitados de Huánuco - FEDDHCO;

- Representante de las Asociaciones de Padres y Familiares de Personas con Discapacidad Mental y Deficiencia Intelectual: Señora Elena Emperatriz Venero Aranda de Vásquez de la Asociación de Padres de Familia de los Pacientes del Servicio de Rehabilitación Instituto Nacional de Salud Mental Honorio Delgado Ideyo Noguchi;

Artículo 2.- Dentro de los 60 días posteriores a la fecha de realización de la Segunda Asamblea, se realizará una Elección Complementaria para elegir al Representante de las Asociaciones de Personas con Discapacidad Auditiva ante el Consejo Nacional del CONADIS y a los miembros alternos de las Asociaciones de Familiares de personas con discapacidad por deficiencia mental y de las instituciones Privadas de Rehabilitación y Educación Especial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RICARDO ALBERTO ZEVALLOS ARÉVALO
Presidente del Consejo Nacional de Integración de la
Persona con Discapacidad - CONADIS