DECLARACIÓN
DE CARTAGENA DE INDIAS SOBRE POLÍTICAS INTEGRALES PARA LAS PERSONAS CON
DISCAPACIDAD EN EL AREA IBEROAMERICANA
Los
representantes gubernamentales de Argentina, Bolivia, Colombia, Costa Rica,
Cuba, Chile, Ecuador, El Salvador, España, Guatemala, Honduras, México,
Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela en
la Conferencia Intergubernamental Iberoamericana sobre Políticas para Personas
Ancianas y Personas Discapacitadas, reunidos en Cartagena de Indias (Colombia),
entre los días 27 y 30 de octubre de 1992:
Considerando
que los principios de la Declaración Universal de los Derechos Humanos,
promulgada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1948, establecen
que la libertad, la justicia y la paz tienen como base el reconocimiento de la
dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los
miembros de la familia humana.
Teniendo
en cuenta que la Declaración de los Derechos de las Personas con Discapacidad,
proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 9 de diciembre de
1975, establece que la persona discapacitada tiene derecho a que se respete su
dignidad humana y a disfrutar de una vida decorosa, lo más normal y plena que
sea posible, cualesquiera que sea el origen, la naturaleza o la gravedad de sus
trastornos y deficiencias.
Asumiendo
las prioridades de acción
contenidas en la Carta para los años 80, proclamada por Rehabilitación
Internacional en abril de 1980, y en el Programa de Acción Mundial para las
Personas con Discapacidad, aprobado por la Asamblea de las Naciones Unidas el 3
de diciembre de 1982, que enfatizan el derecho de toda persona discapacitada a
la partición e igualdad plenas, lo que significa oportunidades iguales para toda
la población y una participación equitativa en el mejoramiento de las
condiciones de vida resultantes del desarrollo social y
económico.
A
la vista de los principios de política contenidos en el Convenio 159 sobre la
Readaptación Profesional y el Empleo de Personas Inválidas, adoptado por la
Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo el 20 de junio
de 1983, que establecen la necesidad de asegurar, tanto en las zonas urbanas
como las rurales, medidas adecuadas de readaptación profesional al alcance de
todas las categorías de personas discapacitadas en el mercado regular de
trabajo, la igualdad de oportunidades entre los trabajadores con discapacidades
y los trabajadores en general, y la necesidad de formular, aplicar y revisar
periódicamente la política nacional en este campo.
Participando
del propósito de convergencia que inspira la Declaración de Guadalajara, de
julio de 1991, de lo acordado en materia de Seguridad Social en la Cumbre
Iberoamericana celebrada en Madrid en julio de 1992, y de los principios de
democracia y de respeto a los derechos humanos en los que se asienta la
Comunidad Iberoamericana, que han permitido a la Conferencia Iberoamericana de
Jefes de Estado y de Gobierno sentar las bases de un proyecto de cooperación
iberoamericana sustentado en el diálogo y la solidaridad, y proclamar una nueva
cultura de cooperación internacional como única vía para alcanzar un mundo justo
y estable, libre de la pobreza la guerra, la intolerancia, el hambre, la
enfermedad, la degradación del medio ambiente la ignorancia.
Teniendo
en cuenta que de acuerdo con las estimaciones de la Organización Mundial de la
Salud, al menos el 10 por cien de la población del área iberoamericana está
afectada por algún tipo de discapacidad, y que, a la vista de los índices de crecimiento
poblacional en América Latina y El Caribe, se prevé un notable aumento en el
número absoluto de personas discapacitadas en la región.
Reconociendo
que las políticas regionales de prevención de la discapacidad y de atención
integral a las personas discapacitadas han de tener en cuenta el contexto
socioeconómico y ser coherentes con la política general de desarrollo económico
y social de la región, cuyo marco contextual está constituido por la Propuesta
de Transformación Productiva con Equidad formulada por la Comisión Económica
para América Latina y El Caribe (CEPAL), en su Vigésimotercera reunión celebrada
en Caracas en 1990.
Convencidos
de que los países de región requieren de directrices comunes que orienten
acciones coordinadas a nivel iberoamericano para el logro de la prevención de la
discapacidad y de la integración sociolaboral efectiva de la población con
limitaciones físicas, sensoriales y psíquicas.
Recomiendan
a los gobiernos de los países del área iberoamericana que se inspiren en los
principios y adopten las medias que a continuación figuran para elaborar sus
políticas y programas de prevención de las deficiencias y discapacidades, y de
atención integral a las personas discapacitadas, y que den una amplia difusión a
la presente declaración en los medios públicos y privados interesados en la
prevención integral de las situaciones de discapacidad.
Objetivos,
Principios, Orientaciones y Criterios para la Formulación de las Políticas
Integrales para las Personas con Discapacidad en el Área
Iberoamericana
1.
Objetivos
Toda
política integral y coherente para las personas con discapacidades y quienes
están en peligro de adquirirlas, deberá dirigirse a:
-
Prevenir la aparición de las deficiencias, evitar que éstas, cuando se producen,
tengan consecuencias físicas, psicológicas y sociales negativas, y aminorar,
cuando no hayan podido evitarse, esas consecuencias, actuando sobre las causas
que generan las deficiencias y sobre los factores que determinan su
agravamiento.
-
Poner al alcance de las personas con discapacidades los recursos, servicios y
medidas específicas de rehabilitación necesarios para asegurar el máximo posible
de su desarrollo personal, de manera que reciban atención integral
individualizada, de forma continua y coordinada y, preferentemente, en su propio
contexto sociocultural.
-
Garantizar a las personas con discapacidades su participación lo más plena y
activa posible en la vida social y en el desarrollo de su comunidad, haciendo
efectivo su derecho a la seguridad económica y a un nivel de vida digno, y la
defensa contra toda explotación o trato discriminatorio, abusivo o
degradante.
-
Contribuir a que las personas con discapacidades alcancen las mayores cotas
posibles de autonomía personal y lleven una vida independiente, de acuerdo con
sus propios deseos , haciendo efectivo el derecho a la propia identidad, a la
intimidad personal, al respeto por el ejercicio responsable de sus libertades, a
formar un hogar y a vivir preferentemente en el seno de su familia o, en su
defecto, a convivir en ambientes sustitutivos lo más normalizados posibles, garantizando, cuando sea
necesario, la efectiva tutela de su persona y bienes.
2.
Principios rectores
Las
acciones encaminadas a prevenir la deficiencia y la discapacidad, a proporcionar
la rehabilitación adecuada y a promover la vida independiente y la plena
participación de las personas con discapacidades en la vida social y económica
deberán inspirarse en los principios de universalidad, normalización y
democratización.
De
acuerdo con el principio de universalidad, deberá tenderse a que los recursos
alcancen a todas las personas con discapacidad, dando respuesta integral a sus
necesidades a lo largo de toda su vida.
Las políticas de atención deben, por ello, contemplar la necesidad de
extender la acción de las medidas que se adopten de manera que pueden
beneficiarse de ellas todos los estratos de la población con discapacidades,
cuidando especialmente de asegurar la cobertura de la necesidades de la
población rural, de las personas con discapacidades que viven en barrios
marginales de las grandes ciudades,
de las mujeres discapacitadas, de los discapacitados mayores y de todos aquellos
grupos que a consecuencia de su raza, cultura, religión situación socieconómica o ideas políticas
estuvieran en peligro de ver mermado su accedo a los servicios y actuaciones de
prevención y atención integral.
La
normalización responde al derecho que tienen las personas con discapacidad a
vivir de acuerdo con las pautas y
condiciones comúnmente aceptadas en que desenvuelve la vida de cualquier otra
persona de su edad, y a que los servicios que se les prestan impliquen el mínimo
grado posible de limitación, intrusión o apartamiento de esas pautas y
condiciones de vida. Ello significa
que las que las personas con discapacidades han de ser tratadas por las agencias
y servicios antes como personas que
como personas con discapacidad, y deben ser libres parta ejercitar el más alto
nivel de autonomía personal compatible con su capacidad para entender los
riesgos y consecuencias de sus elecciones.
La
democratización supone el hacer accesible a todos los ciudadanos el derecho a
disfrutar de una vida plena y a participar del desarrollo económico, social y
cultural de su comunidad, mediante la generación de políticas, estrategias y
medios que promuevan el incremento y la calidad de las oportunidades de
educación, salud y trabajo. En la
medida en que en muchos de los países de la región subsisten trabas que impiden
o limitan ese disfrute y que
marginan de los procesos de desarrollo
a amplias capas de la población, entre las que se encuentran las personas
con discapacidades , se hace indispensable efectuar una acción decidida a
disponer de una cobertura amplia y diversificada de servicios y de los canales
adecuados para garantizar su efectividad, abriendo posibilidades de
participación que hagan que las personas con discapacidades tomen parte en las
decisiones, planificación, ejecución y control de las acciones que los
involucran.
3.
Orientaciones de organización y gestión
La
articulación del conjunto de recursos humanos, técnicos, materiales y
financieros disponibles para la prevención y atención integral de las personas
con discapacidad deberá seguir las orientaciones de descentralización,
integralidad, corresponsabilidad, modernización, coordinación, planificación,
evaluación y seguimiento.
La
descentralización responde a la necesidad de aproximar los recursos y las
decisiones sobre su asignación y gestión a los usuarios, y de asegurar una cobertura
geográfica plena a las actuaciones, lo que solo parece posible lograr implicando
en ellas a las
administraciones locales y a las
organizaciones comunitarias.
La
integridad surge de la propia necesidad de contemplar actuaciones
multisectoriales, derivadas de un enfoque global de la discapacidad, que
implican a diversas áreas de intervención social, en función de la multiplicidad
y complejidad de los problemas derivados de la
discapacidad.
La
corresponsalidad se entiende desde una doble perspectiva. Por una parte se refiere a que la
irrenunciable responsabilidad del Estado ha de ejercerse a tráves de los
distintos niveles territoriales de la administración pública (central, regional
y local), que deberán intervenir en forma coordinada en el ámbito de sus
respectivas competencias. Por otra,
a que, junto al Estado, han de asumir su cuota parte de responsabilidad las
personas con discapacidad, la familia y la comunidad en general, a través de las
organizaciones de solidaridad y autoayuda y de las estructuras de autogobierno
comunales existentes, en la acción dirigida a la atención integral de las
personas con
discapacidad.
La
modernización es condición indispensable de la vigencia de los sistemas y
estructutras sociales, y debe ser, por ello, un rasgo caracterizador de las
organizaciones y de los servicios que actúan en favor de las personas con
discapacidad. La modernización
implica el perfeccionamiento y el mejoramiento constante de las organizaciones y
servicios, el dinamismo basado no en la incorporación indiscriminada de lo
novedoso, sino en la búsqueda de respuestas cada vez más acordes con las nuevas
exigencias y retos que plantea una sociedad cada vez más compleja y
participativa.
La
coordinación y planificación garantizan la articulación de las distintas
intervenciones sectoriales y de los diversos recursos disponibles en procesos
integrales y coherentes previamente planificados.
La
evaluación y el seguimiento permiten constatar cuáles son las actuaciones que se
muestran más eficaces en cada situación concreta, corregir las desviaciones que
se produzcan en el cumplimiento de los objetivos de las políticas integrales
para las personas con discapacidad, y tomar decisiones que garanticen la óptima
asignación de los recursos disponibles.
4.
Criterios
4.1
ALCANCE Y SIGNIFICACIÓN DE LAS POLÍTICAS
El
marco programático para el área iberoamericana que se propone en este documento
no pretende sustituir las políticas nacionales hacia la discapacidad que
pudieran haber formulado o que en adelante formulen los países de la región,
sino asegurar su convergencia en torno a unas directrices generales comunes,
para avanzar así, en forma coordinada, en el logro de mejores condiciones de
vida para las personas discapacitadas a través del desarrollo de los servicios y
acciones de prevención y atención integral en todos los países de la Comunidad
Iberoamericana, tanto a nivel gubernamental como no
gubernamental.
4.2.
RESPETO A LAS PECULIARIDADES NACIONALES
Las
políticas integrales para las personas con discapacidad que se formulen deberán
tener en cuenta las características diferenciales de la zona y las
peculiaridades y singularidades de cada país. En particular, deberán contemplar la
persistencia de factores de riesgo muy importantes en muchos de los países, que
provocan la aparición de un número creciente de personas con discapacidad; la
dificultad existente para planificar adecuadamente la respuesta social a los
problemas ligados a la discapacidad, derivada de la falta de un conocimiento
profundo de la dimensión cuantitativa de esos problemas; y la mayor
vulnerabilidad que suponen las situaciones de pobreza crítica que afectan a
amplias capas de la población en buena parte de los países de la Comunidad
iberoamericana.
4.3
NECESIDAD DE UN ENFOQUE INTEGRAL
Es
necesario partir de un enfoque global del problema de la discapacidad, que
obliga a prestar una atención integral, y a potenciar la coordinación
intersectorial e interinstitucional como estrategia coherente en el abordaje de
los problemas derivados de la discapacidad, capaz de garantizar, asimismo, la
más adecuada utilización de los escasos recursos
disponibles.
Las
políticas de atención integral a las personas discapacitadas deberán contemplar,
por tanto, losa aspectos de prevención sanitaria y social y la educación para la
salud: la detección y atención
temprana; el diagnóstico y valoración de las situaciones de discapacidad; la
atención de la salud; la educación; la habilitación y rehabilitación
médico-funcional; la habilitación y rehabilitación profesional, incluyendo la
inserción laboral, y la habilitación y rehabilitación social, comprendiendo la
protección económica, la mejora de la accesibilidad física del entorno y la
eliminación de las barreras arquitectónicas y de comunicación ,la disponibilidad
de transporte adecuado, las prestaciones técnicas y el acceso al deporte, la
cultura y el ocio, con el objetivo final de lograr la participación social plena
y la vida independiente de las personas con discapacidades, en un contexto de
normalización e integración.
4.4
NIVELES DE INTERVENCIÓN
Las
políticas para las personas con discapacidad deben contemplar la necesidad de
intervenir no solo en el sujeto, sino también en el ambiente familiar, cultural,
social y económico, dada la importancia del contexto en la etiología y
configuración de las situaciones de deficiencia, discapacidad y minusvalía y en
el propio desarrollo de los procesos de rehabiltación
integral.
4.5
IMPORTANCIA DE LA REHABILITACIÓN BASADA EN LA COMUNIDAD
Es
necesario destacar la importancia que debe cobrar, en el ámbito iberoamericano,
la rehabilitación basada en la comunidad, como alternativa metodológica y
estratégica que, al involucrar en un esfuerzo solidario a las diversas
instancias comunitarias, permite el logro de resultados adecuados y posibilite a
la vez la ampliación de los diferentes servicios comprometer la calidad de la
atención.
4.6.
MOVIMIENTO ASOCIATIVO,VOLUNTARIADO SOCIAL Y
ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES
Las
políticas para las personas con discapacidad que se formulen en el área
iberoamericana habrán de tener en cuenta la contribución de las asociaciones de
y para las personas discapacitadas, del voluntariado social y de las
organizaciones no gubernamentales en las acciones y servicios para las personas
con discapacidad, previendo actuaciones dirigidas a potenciar la capacidad de
acción de estos agentes sociales, mejorando la cualificación de recursos
humanos, prestándoles la asistencia técnica necesaria, dotándoles de medios
técnicos y financieros y estableciendo canales de coordinación y control que
aseguren la coherencia de su acción con los objetivos de la política general de
atención integral a las personas con discapacidades.
4.7
COOPERACIÓN INTERNACIONAL
La
cooperación intergubernamental y la desarrollada por las Organizaciones
Internacionales que trabajan en el área, de acuerdo con los gobiernos
respectivos, puede jugar un papel importante en la instrumentación de recursos
para el asesoramiento y ejecución de programas generales y específicos,
multilaterales y bilaterales, para las personas con discapacidad en
Iberoamérica. A estos es
conveniente establecer los canales precisos para fomentar la coordinación de las
acciones y programas que se lleves a cabo por estas
organizaciones.
4.8
CRITERIOS DE PRORIZACIÓN
Al
formular o revisar sus políticas integrales para las personas con discapacidad,
cada país deberá priorizar responsablemente las actuaciones a desarrollar,
partiendo de criterios que han de inspirarse en la existencia de situaciones
objetivas de necesidad.
Deberá
contemplarse, por tanto, la priorización de las acciones de prevención y
detección precoz de las deficiencias y discapacidades, sobre todo en aquellos
países donde persisten factores sanitarios y sociales de riesgo que hacen que un
número creciente de personas lleguen innecesariamente a ser dependientes e
incapaces de realizar una actividad económica y socialmente
productiva.
También
deberá prestase una atención prioritaria a la educación, enfatizando la
necesidad de avanzar en la integración escolar, y a la rehabilitación
profesional, con un énfasis particular en los objetivos de inserción laboral y
acceso o mejora del ingreso de las personas con discapacidades y en su
consiguiente incorporación al esfuerzo común de
desarrollo.
DEFINICIONES
La
Organización Mundial de la Salud, en el contexto de la experiencia en materia de
salud, establece una distinción entre deficiencia, discapacidad y minusvalía que
permite trazar un esquema científico de clasificación de las consecuencias
permanentes de las enfermedades y accidentes. El Programa de Acción Mundial para las
Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas recoge esa distinción y formula
unas definiciones básicas de la prevención, la rehabilitación y la equiparación
de oportunidades que enmarcan las medidas propuestas por dicho Programa
Mundial.
Conscientes
de la necesidad de avanzar el la definición de un marco conceptual y
terminológico común, los delegados gubernamentales firmantes de ésta Declaración
proponemos la adopción de los términos básicos definidos por la Organización
Mundial de la Salud:
-
Deficiencia es toda pérdida o anormalidad de una estructura o función
psicológica, fisiológica o anatómica.
-
Discapacidad es toda restricción o ausencia, debida a una deficiencia, de la
capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para un
ser humano.
-
Minusvalía es una situación desventajosa para un individuo determinado,
consecuencia de una deficiencia o de una discapacidad, que limita e impide el
desempeño de un rol que es normal en su caso, en una función de la edad, del
sexo y de los factores sociales y culturales concurrentes.
La
minusvalía está en una función de la relación entre las personas con
discapacidad y su ambiente, y se produce cuando dichas personas se enfrentan a
barreras culturales, físicas o sociales que les impiden el acceso a los diversos
sistemas de la sociedad que están a disposición de los demás ciudadanos. La minusvalía es, por tanto, la pérdida
o la limitación de las demás.
Las
personas con discapacidad no forman un grupo homogéneo: según la naturaleza y
grado de sus afecciones, según su situación socioeconómica, su sexo y su edad, y
según las características sociales y culturales de su entorno, enfrentan a
problemas y barreras diferentes, de índole diferente y que han de superarse de
maneras diferentes.
Las
medidas de acción para mejorar la situación de las personas con discapacidad y
para evitar o disminuir la incidencia y la repercusión de las discapacidades se
clasifican en el Programa de Acción Mundial para las Personas con Discapacidad
como medidas de prevención, de rehabilitación y de equiparación de
oportunidades. Junto a estas tres
categorías, la experiencia adquirida aconseja incorporar una cuarta, constituida
por las medidas de garantía efectiva de los derechos civiles, económicos y
sociales, cuya finalidad es asegurar a las personas con minusvalía y a su unidad
de convivencia el pleno ejercicio de sus derechos ciudadanos, y el disfrute de
un nivel digno de calidad de vida.
-
Prevención significa la adopción de medidas encaminadas a impedir que se
produzcan deficiencias físicas, mentales o sensoriales, o a evitar que las
deficiencias, cuando se han producido, se agraven o produzcan consecuencias
físicas, psicológicas y sociales negativas.
La
prevención no se enfrenta sólo a riesgos puntuales, individualizados y
localizados en momentos críticos de la vida. En el área iberoamericana, muchas
personas no pueden culminar su proceso de desarrollo biológico, psicológico y
social como consecuencia de la exposición continuada a condiciones de carencias
múltiples (relacionadas en gran medida con las situaciones de pobreza crítica,
que limitan el acceso a los servicios, a la educación y a una alimentación
adecuada, dando como consecuencia carencias sociales, inadecuación ambiental,
atención médica escasa o ausente, bajo nivel educativo, baja productividad,
enfermedades, desnutrición, mala salud materna y retrasos en el
crecimiento). Ante estas
situaciones de riesgo global, la prevención ha de ser, obligadamente, integral,
y ha de basarse en intervenciones múltiples y simultáneas que enfrenten las
diferentes dimensiones biológicas, psicológicas, sociales y ambientales que la
configuran la etiología del riesgo global, y ha de basarse en la participación
activa de las comunidades afectadas.
-
La Rehabilitación es el proceso global y continuo, de duración limitada y con
objetivos definidos, encaminado a permitir que una persona con deficiencia
alcance un nivel físico, mental y social óptimo, proporcionándole así los medios
que le posibiliten llevar en forma independiente y libre su propia vida. Puede
comprender medidas encaminadas a compensar la pérdida de una función o una
limitación funcional, y otras medidas encaminadas a facilitar ajustes o reajustes
sociales.
-
Equiparación de oportunidades es el proceso mediante el cual el sistemas general de la sociedad (el medio físico y
cultural, la vivienda y el transporte, los servicios sociales y sanitarios, las
oportunidades de educación y trabajo, la vida cultural y social, incluidas las
instalaciones deportivas y de recreo) se hacen accesibles para todos. Las medidas de equiparación de
oportunidades inciden sobre las condiciones del entorno físico y social,
eliminando cuantas barreras se oponen a la igualdad y a la efectiva
participación de las personas discapacitadas, creando oportunidades para su
desarrollo biopsicosocial y personal y promoviendo la solidaridad
comunitaria.
-
La Garantía efectiva de los derechos civiles, económicos y sociales es el
conjunto de medidas sociales, jurídicas y económicas que se dirigen a asegurar
el pleno ejercicio de los derechos ciudadanos, y el disfrute de un nivel digno
de bienestar y calidad de vida a la persona con discapacidad y a su unidad de
convivencia, e incluyen la cobertura de las necesidades básicas de la unidad
familiar de las personas discapacitadas, cuando esta unidad familiar carezca de
ingresos suficientes, y la cobertura de las necesidades específicas que para la
unidad familiar supone la atención a la persona con
discapacidad.
ÁREAS
DE INTERVENCIÓN
Los
países de la región deben, por tanto, formular y ejecutar una política coherente
y global en cooperación con las personas con discapacidades y con sus
organizaciones, para asegurar la prevención efectiva de la discapacidad y la respuesta integral a
las necesidades de las personas con discapacidades y lograr así su participación
plena y su vida independiente en una sociedad capaz de ofrecerles apoya afectivo
e igualdad de oportunidades. Esta política integral, que ha de contemplar
necesariamente niveles de intervención múltiples y simultáneos que deben
trascender el restringido ámbito de los centros de atención, proyectándose e
involucrando a la comunidad, implica a todas las áreas de la vida social, y se
dirige en particular a:
-
La prevención de las deficiencias, discapacidades y minusvalías, y la educación
para la salud.
-
La detección, diagnóstico y tratamiento de las
deficiencias.
-
La educación.
-
La rehabilitación funcional y el entrenamiento para la autonomía
personal.
-
La rehabilitación funcional, incluyendo la orientación y capacitación
profesional y el empleo.
-
La integración social y el apoyo para el desenvolvimiento en la vida
diaria.
-
La protección social, económica y jurídica.
-
Los servicios sociales.
-
La capacitación de los profesionales involucrados en la rehabilitación integral
de las personas con discapacidad.
-
La información y difusión.
-
La investigación.
1.
Prevención y educación para la salud
La
prevención de las deficiencias, discapacidades y minusvalías constituyen un
deber para la sociedad y para el estado.
Deben,
por tanto, establecerse acciones y estrategias adecuadas y asignarse los
recursos necesarios para evitar o disminuir la aparición e incidencia de las deficiencias,
discapacidades y minusvalía, a partir de un conocimiento adecuado del origen y
magnitud de las situaciones de deficiencia, discapacidad y minusvalía
existentes, y de la vulnerabilidad de los diferentes
grupos.
PREVENCIÓN
La
actuación en materia de prevención debe enfrentar las causas directas
(enfermedades y accidentes) e indirectas (condiciones de salubridad e higiene de
los asentamientos humanos, carencias nutricionales, hábitos de vida, etc.) de
las deficiencias, y debe tener en cuenta la existencia de grupos de alto riesgo,
que demandan una atención particular de alta calidad profesional (mujeres
embarazadas adolescentes, mayores de cuarenta años o con un historial de partos
dificultosos; familias con antecedentes de matrimonios consaguíneos; familias en
las que se han detectado desórdenes genéticos; trabajadores expuestos a altos
riesgos de siniestralidad laboral; comunidades urbanas y rurales expuestas a
contaminación industrial o a la sobreutilización de agroquímicos,
etc).
Donde
no existan, deberán establecerse servicios básicos de atención a la salud a
nivel regional y local, con la participación interactiva de las instituciones de
la comunidad.
Siempre
que resulte técnicamente adecuado, deberán mantenerse y fortalecerse los
programas de inmunización contra las enfermedades capaces de generar
deficiencias que puedan prevenirse mediante vacunas.
Deberá
abordarse una acción decidida para lograr la adecuadas condiciones de salubridad
e higiene habitacional y ambiental de la población, mediante programas para la
dotación de agua potable y alcantarillado a quienes carezcan de ellos,
estableciendo medidas que prevengan la contaminación ambiental y adoptando
medidas de control sobre la producción, distribución y consumo de medicamentos y
drogas y sobre la preparación y manipulación de alimentos.
Deberán
abordarse programas específicos de promoción de la salud maternoinfantil,
dirigidos a mejorar los niveles de atención sanitaria y seguimiento médico del
embarazo, atención perinatal y atención pediátrica. Habrá de priorizarse, en
particular, la lucha contra la malnutrición infantil.
La
prevención de las deficiencias congénitas deberá realizarse respetando la
libertad de decisión de las mujeres embarazadas y de sus parejas . En particular, cuando se considere necesario
proceder a la investigación y el diagnóstico genético prenatal, debe
proporcionarse previamente a las mujeres embarazadas y a sus parejas información
comprensible y completa acerca de las indicaciones, las posibilidades y, en su
caso, los riesgos que pueden implicar los métodos de exploración y
diagnostico. Un consejo genético
apropiado no ha de ser directivo, sino que debe proporcionar a la mujer gestante
toda la información para ella pueda adoptar libremente una decisión en relación
con sus resultados.
Deberán
establecerse y aplicarse de manera sistemática los reglamentos y medidas para la
prevención de accidentes y enfermedades laborales. Se promoverán actuaciones dirigidas a
mejorar los niveles de salud e higiene ocupacional, crear hábitos de prevención
de los riesgos laborales y mejorar la dotación de elementos protectores en los
centros de trabajo.
Los
organismos competentes deberán establecer y aplicar de manera sistemática los
reglamentos y medidas dirigidos a prevenir los accidentes de tráfico en las
careteras y vías urbanas. Se desarrollarán campañas de educación vial y de
mentalización acerca de los riesgos del tráfico.
Se
deberán adoptar medidas dirigidas a disminuir la incidencia de los accidentes
que se producen en el hogar y en actividades deportivas y recreativas, prestando
especial atención a la prevención de accidentes
infantiles.
La
promoción de estilos de vida saludables es una de las actuaciones preventivas
más eficaces a largo plazo. Se deberán adoptar medidas dirigidas a disminuir la
incidencia del tabaquismo, el alcoholismo y la drogadicción, a prevenir la
transmisión de enfermedades, a promover hábitos alimenticios saludables y a
modificar las condiciones socioambientales que pueden provocar
deficiencias.
Se
adoptarán medidas dirigidas a prevenir las enfermedades crónicas degenerativas y
a aminorar sus efectos discapacitantes.
Deberá
prestarse especial atención a la promoción de la salud mental de la población , estableciendo servicios de asesoramiento
dirigidos a prevenir y atender situaciones de riesgo.
Además
de las medidas de prevención de las deficiencias que se han mencionada, es
necesario establecer, a nivel
nacional, regional y local, servicios y programas de rehabilitación, que
teniendo en cuenta los diagnósticos funcionales y las necesidades y
características de la persona con deficiencia, de su familia y la comunidad, se
dirijan a evitar o aminorar las discapacidades y los demás efectos secundarios
que puedan derivarse de la deficiencia.
Junto
a la medidas de prevención de las deficiencias y discapacidades, han de ponerse
en marcha programas individualizados de rehablitación psicosocial, dirigidos a
favorecer el desarrollo de las potencialidades de la persona discapacitada, con
el objetivo de prevenir o aminorar las situaciones de minusvalía que puedan
derivarse de las deficiencias o discapacidades, para hacer posible su vida
independiente y su plena participación en la sociedad.
EDUCACIÓN
PARA LA SALUD
La
educación para la salud tiene como objetivo ayudar a las personas a que sean
capaces de tomar decisiones razonables sobre su propia salud, y comprende todas
las actividades de información y educación que motiven a las personas a adoptar
estilos de vida saludables, les enseñen qué deben hacer, tanto individual como
colectivamente, para mantener un buen estado de salud, y les hagan capaces de
conseguir asistencia en caso de necesidad.
En
el marco de una política de atención integral a las personas con discapacidades,
la educación para la salud de los individuos, de la comunidad y, en particular,
de los responsables de la adopción y gestión de decisiones que puedan influir en
la situación sanitaria es un instrumento de prevención indispensable y
eficaz.
La
acción educativa orientada a prevenir las deficiencias debe dirigirse a la
población en su conjunto, y, en particular y prioritariamente, a los niños y
jóvenes en edad escolar, extraordinariamente receptivos a mensajes simples y
efectivos de educación par la salud.
Deben
realizarse acciones específicas de educación para la salud en relación con
determinados colectivos, como las mujeres en edad fértil, los matrimonios, los
trabajadores, los automovilistas o las personas ancianas.
La
educación para la salud puede ser muy eficaz, en el caso de personas afectadas
por deficiencias, para prevenir la aparición o limitar la gravedad de posibles
discapacidades y minusvalías, para favorecer la vida independiente de las
personas discapacitadas y para contribuir a la consolidación de actitudes
individuales y sociales que hagan más fácil la vida de las personas con
discapacidades. Deben realizarse,
por tanto, acciones educativas dirigidas a las personas con discapacitadas y
para contribuir a la consolidación de actitudes individuales y sociales que
hagan más fácil la vida de las personas con discapacidades. Deben realizarse, por tanto, acciones
educativas dirigidas a las personas con
discapacidades, a sus familias y a la población en
general.
2.
Detección, diagnóstico y tratamiento
Deben
establecerse, a nivel nacional, regional y local, servicios de detección,
diagnóstico y tratamiento de las deficiencias, con la participación de los
sectores e instituciones responsables de la salud y la educación existentes en
la comunidad, tanto públicos como privados.
El
diagnóstico integral y multidisciplinario de las deficiencias debe realizarse lo
más tempranamente posible, y debe basarse en una adecuada anamnesis personal y
familiar, así como en exámenes y pruebas clínicas y en una evaluación de las
limitaciones funcionales que pueda determinar exactamente la naturaleza y el
grado de severidad de la deficiencia, y valorar adecuadamente las capacidades
residuales.
Respetando
la confidencialidad, los servicios de detección y diagnóstico deberán
responsabilizarse de recopilar e integrar los datos sobre incidencia,
prevalencia, causa y características de las deficiencias, que tan importantes
son para poder programar medidas preventivas
eficaces.
Deberá
difundirse en forma sistemática y permanente la importancia de la detección
precoz, poniendo en marcha, a nivel nacional, programas y servicios de
asesoramiento al núcleo familiar y a la comunidad para facilitar su
participación activa en la detección de las deficiencias y
discapacidades.
La
prestación rápida y efectiva de asistencia médica en caso de enfermedad o
accidente puede contribuir muy significativamente a la reducción de las secuelas
invalidantes. Debe garantizarse el
acceso gratuito de todas las personas con discapacidad a ala asistencia médica y
a los medios auxliares de investigación y diagnóstico clínico, y han de
asignarse los medios técnicos necesarios para su adecuada rehabilitación. Deberá incrementarse la dotación de
medios de los servicios sanitarios de urgencia, y habrá de promoverse la
educación de la población en materia de atención de emergencia y prestación de
primeros auxilios.
3.
Educación
Todas
las personas discapacitadas, sea cual sea la naturaleza o el grado de su
discapacidad, tienen el derecho a recibir una educación apropiada y gratuita,
adaptada a sus necesidades especiales. La educación debe permitir a la persona
discapacitada alcanzar un nivel de desarrollo personal lo más elevado posible,
debe estimular el deseo de aprender, teniendo en cuenta la discapacidad y
utilizando las ayudas adecuadas para facilitar el aprendizaje, y debe contribuir
a que las personas acepten su discapacidad y adquieran las habilidades
necesarias para superar los obstáculos a los que se enfrentan.
La
educación deberá orientarse a que las personas discapacitadas consigan, en
medida en que sea posible su independencia económica, y contribuyan al
desarrollo económico de su país. Además de los contenidos académicos, la
educación de los jóvenes con discapacidades deberá incluir la enseñanza de
habilidades sociales y la asistencia práctica necesaria para prepararlos para
una vida autónoma y para facilitar su integración y participación
social.
El
contacto entre niños y jóvenes con y sin discapacidades es un poderoso estímulo
para su integración. Por ello, la
educación de los niños y jóvenes con discapacidad debe desarrollarse, en tanto
sea posible, en un medio escolar normal, contando con la posibilidad de acceder
a los recursos terapéuticos y de aplicar las técnicas educativas especiales
necesarias para atender sus necesidades particulares. Debe tenerse en cuenta,
sin embargo, que tratar de educar a los niños y jóvenes discapacitados en una
escuela normal sin contar con los recursos de apoyo necesarios puede disminuir
sus oportunidades de desarrollo personal, y que la opción por la escuela común o
la escuela especial ha de hacerse teniendo en cuenta las circunstancias
específicas de cada caso, y en particular el tipo y grado de
discapacidad.
Deberán
promoverse acciones coordinadas, que impliquen al sistema educativo, a las
familias y a la comunidad, con el
objeto de facilitar la integración educativa y el desarrollo personal de la
población con discapacidades. La
participación de los padres, la familia y la comunidad como objeto y sujeto de
la educación especial deberá ser considerada en la
elaboración de las directrices y en la organización, ejecución y evaluación de
los servicios educativos, habrá de ser potenciada a través de atención
orientación y capacitación sistemática.
Deberá
prestarse especial atención a la educación de los adultos discapacitados, que
puede contribuir a mejorar significativamente sus oportunidades de integración y
participación social.
4.Rehabilitación
funcional y entrenamiento para la autonomía personal
Para
prevenir, eliminar o reducir las consecuencias de las deficiencias y de las discapacidades, es necesario
poner al alcance de las personas discapacitadas los recursos y servicios de
rehabilitación, de manera que reciban una atención integral individualizada, en
forma precoz, apropiada y continua, preferentemente en su propio contexto
sociocultural.
La
habilitación de los niños con discapacidades debe comenzar lo más precozmente
posible, posible, para asegurar el pleno desarrollo de sus capacidades naturales
y posibilitar así no sólo ulteriores intervenciones de rehabilitación funcional,
sino también la educación, preferiblemente en un medio escolar normal, en
compañía de otro niños de su misma edad. Deberá evitarse en lo posible la
hospitalización, dando preferencia a los tratamientos en régimen
ambulatoria. Si la hospitalización
es necesaria, deberá mantenerse un estrecho contacto con la escuela, que permita
que le niño continúe relacionándose con sus compañeros.
También
en el caso de los adultos, incluidas las personas ancianas, deberán adoptarse
medidas tendentes a evitar a acortar la hospitalización. Cuando ésta sea
imprescindible, deberá favorecerse el entorno a su hogar de los pacientes a
intervalos regulares.
Los
centros de rehabilitación deberán estar convenientemente equipados, y contar con
un equipo multidisciplinario especializado. Deben de disponer de los medios
adecuados para prestar rehabilitación motriz, orientación profesional, terapia
ocupacional, ayuda psicológica, entretenimiento para la realización de las
actividades de la vida diaria y terapia del lenguaje.
El
programa de rehabilitación debe incluir las disposiciones necesarias para
asegurar la selección, utilización y adquisición de las prótesis, órtesis y
ayudas técnicas apropiadas, que deberán ser proporcionadas en el momento
oportuno, de acuerdo con las prescripciones médicas, y ser adaptadas, mantenidas
y reparadas o renovadas en caso de necesidad. La disponibilidad de las ayudas
apropiadas puede permitir a muchos niños con discapacidades asistir a la escuela
ordinaria, favorece la recuperación profesional y contribuye a la integración
social de las personas discapacitadas.
NIVELES
DE INTERVENCIÓN EN REHABILITACIÓN
Aunque
es el sujeto en su globalidad, más que sus déficits y desventajas, el objeto de
la intervención rehabilitadora, pueden distinguirse, a nivel metodológico, los
siguientes niveles de intervención en rehabilitación:
Rehabilitación
funcional
La
rehabilitación funcional deberá contemplar un conjunto de tratamientos y
sistemas especializados de rehabilitación dirigidos a reducir las consecuencias
de la lesión o enfermedad y a restablecer las condiciones físicas y mentales de
la persona, entre los que se incluyen el uso y adaptación de ayudas técnicas
personales y la cirugía reconstructiva.
En función de la naturaleza y del agrado de la eficiencia, los
tratamientos rehabilitadores deberán también comprender apoyo psicopedagógico para la adaptación
a la situación de discapacidad, que permita a la persona llegar a ser tan
autónoma como sea posible.
La
rehabilitación funcional, como combinación interdisciplinaria de técnicas
susceptibles de mejorar el pronóstico funcional de las afecciones invalidantes,
deberá comprender medidas de rehabilitación motriz, dirigidas a la recuperación
de las funciones motóricas afectadas y al fortalecimiento de las estructuras
musculoesqueléticas intactas; de rehabilitación de las funciones físicas no
motóricas; re rehabilitación del habla, de la visión y de la audición, y de
rehabilitación de las funciones psicológicas. La rehabilitación funcional es,
fundamentalmente, una intervención centrada en las deficiencias de la persona, y
su criterio de éxito es la mejora del balance funcional
global.
Entrenamiento
para la autonomía personal
El
entrenamiento para la autonomía personal comprende las medidas rehabilitadoras
dirigidas a reducir la necesidad de cuidados continuos, a posibilitar el
autocuidado personal, a mejorar la movilidad y la capacidad de comunicación, a
desarrollar destrezas motoras y habilidades sociales básicas y a potenciar los
conocimientos básicos que permiten a las personas interactuar con su entorno
físico y social. La acción
rehabilitadora, a este nivel, tiene como objeto principal de intervención las
discapacidades, y su criterio de éxito es la mejora de la autonomía personal
para llevar una vida independiente.
Rehabilitación
de las competencias
sociales
La
habilitación y rehabilitación de las competencias sociales se dirige a
desarrollar a mejorar la capacidad de la persona para desempeñar los roles
sociales principales. Comprende las
actuaciones rehabilitadoras dirigidas a mejorar la competencia académica y
laboral, la capacidad de establecer y
mantener relaciones interpersonales y de participar en la vida social y
cívica, y la capacidad para desempeñar los roles familiares. A este nivel, el objeto de las
actuaciones rehabilitadoras es el componente personal de la minusvalía, es
decir, la desventaja en que se encuentra la persona discapacitada para
desempeñar los roles sociales fundamentales en la forma y por las vías
habituales en que estos roles son desempeñados por otras personas de la misma
edad y sexo.
5.
Rehabilitación profesional: Orientación, capacitación y
empleo
Las
personas con discapacidades deben de tener acceso a los servicios generales de
orientación, capacitación profesional y empleo.
Es
necesario garantizar que las personas con discapacidades puedan beneficiarse de
una adecuada evaluación de sus aptitudes, habilidades y destrezas, que permita
identificar sus posibilidades ocupacionales, proporcione la base para diseñar un
programa individualizado de rehabilitación e integración profesional, y facilite
su inserción o reinserción profesional. Por ello, deben existir unidades
especializadas dentro de los servicios generales de orientación y capacitación
profesional, o, en su caso, servicios especiales de orientación y capacitación
profesional para personas con
discapacidades.
El
objetivo final y criterio de éxito de las medidas de rehabilitación profesional
es la inserción laboral estable de la persona con discapacidad. Es necesario arbitrar esquemas de
seguimiento de los procesos de rehabilitación profesional que permitan evaluar
resultados tales como la continuidad en el empleo, el progreso profesional y los
niveles retributivos, de las personas con discapacidad que se han insertado
laboralmente en actividades por cuenta ajena, la generación efectiva de ingresos
de las personas autoempleadas y la viablidad de las empresas asociativas
constituidas por personas discapacitadas.
ORIENTACIÓN
PROFESIONAL
La
orientación profesional deberá comprender un análisis de la situación médica,
psicológica, educativa, profesional y social de la persona discapacitada y de su
evolución probable. Deberá ser
realizada por especialistas que conozcan tanto las posibilidades de las personas
discapacitadas como los requerimientos del mundo laboral, para determinar cuáles
son las ocupaciones más adecuadas en cada caso, en función de los conocimientos
y habilidades y teniendo en cuenta las preferencias personales de la persona
discapacitada.
CAPACITACIÓN
PROFESIONAL
El
objetivo de la capacitación profesional debe ser ayudar a las personas con
discapacidades a obtener y conservar un empleo adecuado, a progresar
profesionalmente y, en definitiva, a lograr su plena integración social. Los programas de capacitación
profesional deberán incorporar y desarrollar los conceptos del convenio 159 y de
la Recomendación 168 de la Organización Internacional del Trabajo en materia de
formación y rehabilitación profesional, para promover la integración de las
personas con discapacidades.
Las
medidas de capacitación profesional deberán ser accesibles para todas las
personas discapacitadas; habrán de extenderse a todos los sectores de actividad,
a fin de acrecentar las oportunidades ocupacionales, y adaptarse lo más posible
a la evolución de los mercados de trabajo.
La
capacitación profesional deberá iniciarse lo más tempranamente posible. Siempre que la discapacidad de la
persona implicada no constituya un obstáculo importante, es conveniente recurrir
a los sistemas ordinarios de capacitación profesional, que deberán estar dotados
de los recursos de apoyo necesarios.
Los
programas generales de capacitación deberán contemplar las medidas necesarias
para permitir la participación en ellos de las personas con
discapacidad.
EMPLEO
Deben
establecerse todas las medidas necesarias para hacer posible que las personas
trabajen en un entorno laboral normal, como asalariados o autoempleados. Cuando la limitación de la capacidad
profesional haga imposible trabajar
en un entorno laboral ordinario, deberá promoverse la integración de la persona
con discapacidad al sistema productivo mediante fórmulas especiales de
trabajo.
Servicios
de colocación selectiva
Para
asegurar la máxima eficacia y coordinación, los servicios de colocación
selectiva para personas con discapacidades deberán formar parte o, en su efecto,
mantener una estrecha cooperación con los servicios ordinarios de empleo. Estos servicios de colocación selectiva
deberán estar dotados con los recursos administrativos y financieros necesarios
para abordar los problemas específicos que plantea la colocación de las personas
discapacitadas.
Medidas
de fomento de empleo
La
acción de los servicios de colocación selectiva deberá ser respaldada por una
serie de medidas públicas de promoción del empleo de los discapacitados, entre
los que se cuentan el apoyo financiero para la creación de nuevos empleos, los
incentivos fiscales para los empleadores y el establecimiento de cupos
obligatorios de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidades
en la Administración y en las empresas. En función de las características
socioeconómicas de muchos de los países área iberoamericana, deberán tenerse en
cuenta las posibilidades de generación de empleo en el sector informal,
arbitrando sistemas de asistencia técnica y apoyo financiero para el
establecimiento de puestos de trabajo autónomos y de pequeñas
empresas.
El
empleo de las personas discapacitadas y las medidas para potenciar su
integración laboral deberán tener prioridad frente a las ayudas económicas
sustitutivas de los ingresos por trabajo, sin perjuicio del apoyo económico
necesario para compensar los mayores costos que, para las economías familiares,
supone la discapacidad.
Deben
adoptarse medidas para evitar cualquier tipo de discriminación contra las
personas con discapacidades en el acceso al trabajo, en la cuantía de las
retribuciones y en la promoción laboral.
Los
sindicatos, las asociaciones empresariales, las agencias gubernamentales
responsables y las organizaciones de las discapacitadas deberán participar en
este esfuerzo de integración, a nivel nacional, regional y
local.
Empleo
protegido
El
empleo protegido debe ser una alternativa real a disposición de las personas
discapacitadas que, a consecuencia de su discapacidad, no puedan obtener o
conservar un empleo en el medio ordinario de trabajo. El empleo protegido puede adoptar
diversas modalidades, entre las que se cuentan los puestos dentro de centros
ordinarios de trabajo, los talleres protegidos y los centros
ocupacionales.
El
empleo protegido deberá responder al doble objetivo de hacer posible que las
personas discapacitadas desarrollen
una actividad generadora de ingreso y prepararlas, en la medida en que sea
posible, para el empleo en un medio ordinario de trabajo.
El
empleo protegido deberá estar sujeto a la supervisión de las autoridades
competentes, para evitar situaciones de explotación encubierta de los
trabajadores discapacitados y garantizar la adecuación de las condiciones de
trabajo.
OTRAS
ACTIVIDADES OCUPACIONALES
Algunas
personas con discapacidad no podrán nunca desarrollar una actividad laboral
productiva, ni siquiera en un medio protegido. Sin embargo, deben adoptarse todas las
medidas para permitirles llevar una vida disgna y satisfactoria y, siempre que
sea posible, debe proporcionárseles la oportunidad de realizar actividades
ocupacionales que, aun cuando no sean
productivas, les ayuden a desarrollar sus habilidades funcionales y
sociales.
6.
Integración social y apoyo para el desenvolvimiento en la vida
diaria
Todo
proceso de rehabilitación integral debe incluir medidas individuales y
colectivas dirigidas a asegurar que las personas con discapacidades puedan vivir
como individuos independientes, capaces para desarrollar una vida social tan
normal y completa como sea posible, lo que incluye el derecho a ser diferente.
La rehabilitación integral supone, pues, un conjunto de medidas básicas y
complementarias, disposiciones, servicios y facilidades que puedan garantizar la
autonomía física y psicológica de la persona
discapacitada.
La
adaptación de las estructuras urbanas y de los medios de transporte, la
accesibilidad de los edificios y espacios urbanos, la disponibilidad de ayudas
técnicas que permitan realizar las actividades de la vida diaria, la existencia
de comunicaciones accesibles a la posibilidad de participar en actividades
deportivas, culturales y de ocio son factores que influyen decisivamente en el
cumplimiento de los objetivos de la rehabilitación.
ACCESIBILIDAD
Deben
adoptarse medidas para potenciar la mentalización social y difundir conocimientos en
materia de accesibilidad. Estas
medidas se dirigirán principalmente a los sectores implicados en el diseño y la
construcción de viviendas y otros edificios, vías públicas y medidas de
transporte y comunicación, y en l a planificación urbana, y deberán tener en
cuenta las necesidades y problemas de accesibilidad que plantean los diferentes
tipos de discapacidad (motórica, sensorial y mental).
Deberán
establecerse y hacerse cumplir normas de accesibilidad en la edificación de
viviendas, edificios públicos, hoteles e instalaciones recreativas, que deberán
incluir criterios básicos de diseño arquitectónico y de equipamiento. Estas normas deberán tenerse en cuenta a
la hora de otorgar subvenciones y de conceder permisos de construcción. También se adoptarán regulaciones
similares relativas o la adaptación de edificios
existentes.
Las
autoridades deberán tener en cuenta las necesidades de las personas
discapacitadas y consultar a sus organizaciones cuando discutan planes de
ordenación y renovación urbana.
TRANSPORTE
La
existencia de los medios de transporte adecuados es esencial para que las
personas con discapacidades puedan desarrollar una vida independiente y logren
su integración social y económica.
Deberán
adaptarse las medidas necesarias para mejorar las posibilidades de utilización
de los transportes públicos por las personas con
discapacidades.
Las
regulaciones fiscales y aduaneras deberán contemplar la situación de las
personas con discapacidades.
Las
regulaciones fiscales y aduaneras deberán contemplar la situación de las
personas con discapacidad estableciendo exenciones y reducciones de impuestos y
aranceles en la adquisición y adaptación de medios de transporte
individual.
VIVIENDA
Las
personas discapacitadas deben de poder vivir de forma autónoma en sus hogares,
integradas en la sociedad. Para
ello deben de incorporarse criterios de accesibilidad en la construcción y
establecerse ayudas financieras o extensiones de impuestos para la adaptación de
las viviendas existentes.
AYUDAS
TÉCNICAS
Además
de la prótesis, órtesis y aparatos destinados a compensar las limitaciones funcionales,
existe una amplia gama de ayudas y medios técnicos que son necesarios y útiles
para el desarrollo de las actividades profesionales y
cotidianas.
Las
instituciones responsables deberán establecer un inventario de las ayudas
técnicas disponibles en cada país, que contenga información sobre sus
características y precio, a fin de dar a conocer su existencia a todas las
personas e instituciones interesadas.
Deberán
preverse fórmulas para contribuir a la financiación del costo de adquisición,
reparación y mantenimiento de las ayudas técnicas.
COMUNICACIÓN
Deben
adoptarse medidas para lograr que los medios de comunicación (televisión,
prensa, radio y teléfono) sean accesibles para las personas con discapacidades,
utilizando el subtitulado y la interpretación mímica en los programas
televisivos, distribuyendo
ediciones especiales en braille de libros, periódicos, y revistas, implantando
sistemas de telefonía adaptados
para su uso por personas con deficiencias auditivas,
etc.
Las
personas con discapacidades graves deberían poder beneficiarse de reducciones en
el costo de adquisición, instalación y uso del teléfono y de otros medios de
comunicación.
La
utilización de los sistemas de teleasistencia recientemente desarrollados hace
que las personas con discapacidades y los ancianos puedan sentirse seguros en su
hogar. Deben adoptarse medidas para
favorecer la implantación de estos sistemas, y hacer que sean accesibles para
las personas discapacitadas con escasos recursos
económicos.
DEPORTE,
CULTURA Y OCIO
Todas
las actividades culturales, recreativas y deportivas deben ser accesibles para las personas con
discapacidades. Adicionalmente,
deberán programarse actividades específicas para las personas con discapacidad,
adecuadas a sus demandas y posibilidades.
Es
necesario eliminar los obstáculos estructurales, técnicos, físicos y
actitudinales que limitan la participación de las personas discapacitadas en las
actividades culturales, recreativas y deportivas. En particular, deben mejorarse los
accesos a los cines, teatros, museos, espectáculos deportivos, lugares
turísticos y centros vacacionales, que habrán de estar adecuadamente
equipados.
Las
guías turísticas y de actividades de ocio deben contener el máximo posible de
información acerca de la accesibilidad de los medios de transporte, hoteles,
restaurantes y equipamientos culturales y deportivos.
Las
instituciones gubernamentales y las organizaciones culturales y de ocio deberán
desarrollar programas destinados a mejorar la forma significativa y duradera la
accesibilidad para todas las personas discapacitadas.
7.
Protección social, económica y jurídica
Las
personas discapacitadas tiene derecho a la seguridad
económica, a la atención de sus necesidades sociales y a un nivel de vida
digno. La garantía de estos
derechos es una responsabilidad irrenunciable del Estado.
PROTECCIÓN
ECONÓMICA Y SOCIAL
La
protección económica y social tiene por objeto garantizar a las personas con
discapacidades el disfrute de un nivel digno de calidad de vida y la cobertura
de sus necesidades básicas y específicas, por medio de ayudas económicas y de
servicios sociales. Bebe basarse e
una valoración precisa de las necesidades y de la situación de las personas
discapacitadas, que habrá de ser revisada periódicamente a fin de contemplar los
cambios que puedan producirse en las circunstancias personales en razón de las
que se otorga tal protección.
Deben
establecerse disposiciones fiscales específicas para reducir o eliminar los
impuestos que gravan determinados gastos soportados por las personas con
discapacidad en su viva cotidiana, especialmente en el caso de adquisición de
ayudas técnicas y de vehículos adaptados, cuando estas adquisiciones no están
cubiertas por los sistemas de seguridad social.
PROTECCIÓN
JURÍDICA
La
legislación debe tener en cuenta los derechos de las personas discapacitadas y
ha de favorecer, en la medida de lo posible, su participación en la vida
civil. El ejercicio de los derechos
legales de las personas con discapacidad y en particular el derecho a la no
discriminación debe ser protegido.
En los casos en que las personas discapacitadas sean parcial o totalmente
incapaces para administrar sus propiedades, debe proporcionárseles protección
legal en forma de tutela o de asistencia jurídica.
8. Servicios sociales
Las
diversas necesidades sociales de las personas discapacitadas deben ser
cubiertas, preferentemente, en el marco de los servicios sociales
generales. Deberán establecerse
servicios adecuados de información, ayuda a domicilio, promoción y cooperación
social y servicios especializados.
La
disponibilidad de información es una condición clave para la autonomía
personal. Las personas
discapacitadas han de tener acceso a la información que necesiten sobre todas
las facetas de la vida, y, en particular, respecto a las facilidades y servicios
existentes para cubrir sus necesidades específicas.
Los
servicios de ayuda a domicilio deben facilitar la permanencia de la persona
discapacitada en su entorno habitual, permitirle llevar una vida independiente y
proporcionarle la asistencia doméstica y social, el apoyo psicológico y los
cuidados personales necesarios.
Los
servicios de promoción y cooperación social deben animar a las personas
discapacitadas a llevar una vida activa, y han de facilitar su participación en la comunidad,
estimulando asimismo la iniciativa social, en particular el asociacionismo y el
voluntariado.
Deberán
desarrollarse servicios especializados capaces de responder a las necesidades
específicas de las personas discapacitadas. Junto a los servicios sociales
comunitarios y domiciliarios, deberán crearse servicios institucionalizados
cuando no sea viable aplicar el principio de integración. Estos servicios deberán prestarse,
siempre que sea posible, en régimen ambulatorio, pero deberán contemplar también
un sistema de centros residenciales.
SERVICIOS
SOCIALES INTEGRADORES
Las
soluciones clásicas a las necesidades de atención personal de las personas con
discapacidad que no puede cubrir la familia se han basado en el internamiento en
un centro residencial. Aunque estos
centros permiten prestar una atención continuada, no son siempre la solución
idónea pues, aparte de que resultaría imposible, por razones de costo, atender
de esta forma todas las necesidades existentes, el internamiento separa a la
persona de su medio habitual de
existencia, de sus amistades y relaciones, lo que muchas veces supone un
deterioro de la calidad de vida de las personas atendidas.
También
en el caso de la prestación de servicios rehabilitadores, educativos o de
capacitación profesional, la institucionalización de las personas con
discapacidades ha sido la solución
clásica. En lugar de integrar a las
personas con discapacidades en los esquemas generales de atención social, se han
generado redes especializadas y centros específicos, muchas veces muy alejados,
física y culturalmente, del entorno habitual de sus
usuarios.
Frente
a estas soluciones clásicas, los servicios sociales integradores pretenden dar
satisfacción a las necesidades de las personas con discapacidad sin
desvincularlas de su medio. Los
servicios de información, la ayuda a domicilio y los centros de recursos para la
integración son algunos de estos servicios sociales integradores. Corresponde a los poderes públicos
fortalecer las estructuras administrativas existentes, promover la solidaridad
social y la participación ciudadana y establecer el marco normativo adecuado
para lograr el desarrollo, integración y coordinación de estos servicios,
asegurar la calidad de la atención que prestan, hacerlos accesibles a todos los
ciudadanos y mejorar su cobertura y su distribución
territorial.
Información
Las
personas con discapacidad, como el resto de la población, tienen derecho a
recibir la información que precisen en un lenguaje inteligible, adaptado a su
nivel educativo y a sus características y peculiaridades culturales. Han de adoptarse las medidas oportunas
para garantizar, mediante la creación de los servicios adecuados, iguales
oportunidades de acceso a la información a todos los ciudadanos, evitando así
que la disponibilidad de información se convierta en un factor de discriminación
en el acceso a los recursos, servicios y prestaciones sociales
existentes.
Deben
organizarse campañas de información a través de los medios de comunicación
referidas a los aspectos de prevención,
detección, diagnóstico y tratamiento de las situaciones de deficiencia y
discapacidad, educación, rehabilitación, capacitación profesional,
posibilidades, ayudas técnicas, prestaciones y ayudas económicas, opciones de
vivienda, servicios sociales, y actividades culturales y deportivas
accesibles.
Ayuda
a domicilio
La
ayuda a domicilio es un servicio que ofrece el soporte personal necesario a las
personas que tiene limitaciones para desarrollar las actividades propias de la
vida cotidiana y que viven solos o carecen de familiares que puedan
ayudarles. Como las necesidades que
pueden presentarse son muy variadas, la ayuda a domicilio cubre diferentes
tareas dentro y fuera del hogar, entre los que destacan la limpieza y arreglo de
la vivienda, la higiene personal, la prevención de accidentes domésticos, el
lavado y planchado de ropa, la preparación de comidas y la compra de alimentos,
determinadas atenciones sanitarias, compañía en el propio domicilio o en
traslados y salidas, realización de gestiones, teleasistencia domiciliaria,
etc.
En
diversos países del área iberoamericana se han establecido servicios de ayuda a
domicilio, promovidos por instituciones públicas y privadas, con o sin ánimo de
lucro. Sin embargo la cobertura de
estos servicios, incluso en los países en los que han tenido una mayor desarrollo, es aún insuficiente para las
necesidades existentes.
Deberán,
por ello, establecerse y promoverse servicios de ayuda a domicilio, gestionadas
preferentemente a nivel local, que habrán de ser accesibles para las personas
con ingresos escasos. El gobierno
central y los gobiernos regionales deberán
canalizar recursos hacia las administraciones locales para la cobertura
de los gastos derivados de este servicio, en cuya financiación participarán
también los usuarios, en función de sus
posibilidades económicas.
Los
poderes públicos deben apoyar el esfuerzo que están realizando las
organizaciones de personas con discapacidad y otras organizaciones de
solidaridad y voluntariado social en la prestación de servicios de ayuda a
domicilio, y han de articular esquemas eficaces de participación de estas
organizaciones y del voluntariado en la prestación de los servicios de ayuda
domicilio de gestión pública.
Beberá
regularse la prestación privada de servicios de ayuda a domicilio, estableciendo
los adecuados controles para garantizar la calidad de la atención prestada y el
respeto de los derechos de los usuarios.
Centro
de recursos para la integración
Los
centros de recursos para la integración son establecimientos creados y
sostenidos por instituciones públicas o privadas en los que se generan y
difunden elementos y técnicas de apoyo a los procesos de integración educativa,
laboral y social de las personas con discapacidad. Estos elementos y técnicas
pueden ser muy variados: documentación, manuales, ayudas técnicas, adaptaciones
de utensilios, aparatos o herramientas, métodos de trabajo, capacitación, apoyos
financieros, etc.
Donde
no existan, debe de promoverse el establecimiento de centros de recursos para la
integración, abiertos a la comunidad.
Los poderes públicos deben canalizar recursos para apoyar los programas
de actividades y el mantenimiento de los centros de recursos para la integración
promovidos por asociaciones y otras instituciones sin fin de lucro y, en su
caso, abordar la creación de centros de recursos para la integración de gestión
pública, en función de las
necesidades existentes.
Otros
servicios sociales integradores
Los
recursos sociales para la atención a las personas con discapacidad están es
proceso de desarrollo, como consecuencia de su necesaria adaptación a las
necesidades cambiantes de la población discapacitada y a los cambios sociales y
culturales. Los países del área
iberoamericana deben conocer y compartir experiencias innovadoras, analizar
conjuntamente sus resultados y adaptar a su propia realidad aquellos servicios
que se hayan mostrado adecuados para responder a las
necesidades.
SERVICIOS
SOCIALES INTITUCIONALIZADOS:
CENTROS
RESIDENCIALES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD GRAVEMENTEN
AFECTADAS
Los
servicios sociales institucionalizados, y, en particular, los centros
residenciales para personas con discapacidad, han constituido el modelo clásico
de atención de las necesidades de atención de las personas discapacitadas
graves, incapaces de valerse por sí mismas en las actividades elementales de la
vida diaria. En la actualidad,
estos centros deber ser capaces de ofrecer a las personas a las que acogen la
posibilidad de convivir en un ambiente sustitutivo, lo más normalizado posible,
cuando no es viable la permanencia en su entorno habitual.
Los
centros residenciales pueden facilitar una respuesta adecuada a las necesidades
afectivas, de vivienda, salud, rehabilitación, educación y rehabilitación
profesional de las personas gravemente discapacitadas que no pueden ser
atendidas por su familia o a través de los servicios sociales comunitarios y
domiciliarios. Sin embargo, en la
mayor parte de los países del área iberoamericana se cuenta con pocas plazas
residenciales para discapacitados graves en relación con las necesidades
existentes, la distribución geográfica de esas plazas está desequilibrada, y, en
algunos casos, los centros existentes no pueden, por diversos motivos, ofrecer
una adecuada calidad de vida a sus usuarios.
Los
poderes públicos deberían establecer planes y programas dirigidos a buscar
medidas alternativas de atención; a incrementar, en función de las necesidades,
el número de plazas residenciales de promoción pública y privada destinadas a
personas con discapacidades graves que no pueden valerse por sí mismos; a
mejorar, cuando sea necesario, la calidad de los centros y a compensar los
desequilibrios regionales existentes.
Capacitación
de los profesionales involucrados en la rehabilitación y atención integral de
las personas con discapacidades
Toda
persona que interviene profesionalmente, en forma directa o indirecta, en los
procesos de rehabilitación y atención integral de las personas con
discapacidades, deberá recibir una formación adecuada.
Los
profesionales involucrados en los procesos de rehabilitación deberán tener un
conocimiento profundo del conjunto de medidas sociales y administrativas y de
los beneficios y prestaciones existentes a favor de las personas discapacitadas
y sobre los procedimientos y requisitos de acceso
establecidos.
El
diseño de los planes de capacitación del personal involucrado en los procesos de
rehabilitación contemplará tanto la capacitación general básica necesaria para
el desarrollo de un determinado puesto de trabajo como la capacitación adicional
para la especialización en un campo de atención
o
disciplina concreta y la capacitación especializada en rehabilitación, que
deberá proporcionar información adecuada acerca de la naturaleza y repercusión
de las deficiencias, discapacidades y minusvalías, de los objetivos del proceso
de rehabilitación y del papel activo que en la rehabilitación han de jugar las
personas discapacitadas o en peligro de adquirir una discapacidad, además de
fomentar las aptitudes para trabajar en equipo y para lograr una comunicación
adecuada con las personas discapacitadas.
Los planes habrán de tener en cuenta el contexto en el que se desarrollan
los procesos de rehabilitación, formando profesionales capaces de trabajar en y
con la comunidad.
Información
y difusión
Deben
establecerse programas, estructuras, procedimientos e instituciones capaces de
satisfacer las necesidades de información sobre todos los aspectos de la
discapacidad, de la prevención y de la rehabilitación integral existentes en la
sociedad.
Las
actitudes sociales ante la discapacidad son, en muchos casos, los mayores
obstáculos para la integración y participación social de las personas con
discapacidades. Es de gran
importancia la difusión social de imágenes positivas de la discapacidad,
dirigidas a mejorar las actitudes de todos los estractos de la población y a
desmontar los perjuicios existentes, sin que ello implique ocultar los problemas
y las necesidades de las personas con discapacidades.
Deberá
promoverse especialmente el intercambio de información, documentación y
publicaciones sobre todos los aspectos de la discapacidad entre todos los países
del área iberoamericana.
Investigación
La
formulación y ejecución de una política a favor de las personas con
discapacidades y la evaluación de sus efectos debe basarse en un diagnóstico lo
más preciso posible de la situación y de las necesidades de la población
objetivo.
Para
ello es fundamental disponer de un sistema coherente de información estadística
sobre la discapacidad, que permita a las autoridades competentes, a las
organizaciones y a los individuos interesados disponer de datos fiables sobre
los diferentes aspectos de la
situación de las personas con discapacidades: incidencias y prevalencia de las
situaciones de discapacidad, etiología y naturaleza de las discapacidades,
situación, educativa, laboral y habitacional de las personas con discapacidad,
estado de salud, servicios especializados recibidos por las personas
discapacitadas, estructura y distribución de los ingresos de las personas con
discapacidades, etc.
Debe
prestarse especial atención a la estandarización de la definición de los
parámetros, para lograr el máximo grado de
comparabilidad
internacional de los datos
estadísticos sobre discapacidad.
En
la recolección, procesamiento, interpretación y difusión de la información
estadística sobre la discapacidad ha de garantizarse el respeto de la
intimidad de las personas con
discapacidades.
Es
esencial estimular y promover la investigación básica y aplicada en relación con
las discapacidades, deficiencias y minusvalías y el intercambio de información
científica entre los diferentes países del área
iberoamericana.
En
Cartagena de Indias (Colombia), el día 30 de octubre de
1992.