DIRECTIVA Nº 001-2003-PR/CONADIS

DESCENTRALIZACION DEL CONADIS

 

 

 

I.- INTRODUCCION

 

El Consejo Nacional de Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS es un organismo público descentralizado adscrito al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES que tiene como función velar por el cumplimiento de la normativa nacional e internacional reconocida por el país en materia de discapacidad y formular las políticas públicas nacionales sobre la temática.

 

El proceso de descentralización es una de las estrategias para luchar efectivamente contra la pobreza en el marco de los consensos alcanzados tanto a través de la Carta Social como del Acuerdo Nacional.

 

La descentralización representa una franca reforma de democratización de nuestro país. Conlleva una nueva forma de distribuir el poder a través de la construcción del destino regional desde cada región. En este aspecto se convocaron y eligieron a las autoridades regionales, se constituyo la instancia coordinadora de estas y se ha dotado de la normatividad necesaria para regular los procesos de implementación, composición, competencias, participación, funciones y gestión. La descentralización se asienta sobre una serie de principios como la permanencia, la dinamicidad, la irreversibilidad, la democraticidad, la integralidad, la subsidiariedad y la gradualidad, los mismos que confluyen para que el proceso de delegación del poder se realice de manera efectiva y eficaz.

 

En este contexto de gradualidad, los programas adscritos al MIMDES son los primeros en ser transferidos en un proceso que se ha iniciado el 2003 y que prevé espacios para la difusión a las autoridades locales y regionales sobre los alcances del mismo y el plan de transferencia de los programas sociales de FONCODES y PRONAA.

 

Frente a esta perspectiva, el CONADIS ha elaborado la presente Directiva que prevé la transferencia de la temática de la discapacidad a los gobiernos regionales.

 

II.- BASE LEGAL

 

Constitución Política del Perú.

Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad.

Decreto Supremo Nº 003-2000-PROMUDEH, Reglamento de la Ley Nº 27050.

Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización.

Ley  N° 27813, Ley del Sistema Coordinado y Descentralizado de Salud.

Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

Ley Nº 27902, Ley que Modifica la Ley Nº 27902.

 

III.- OBJETIVOS

 

·       Incorporar el enfoque de discapacidad a nivel regional y de manera transversal;

·       Fortalecer el movimiento asociativo de personas con discapacidad en las regiones;

·       Promover espacios de integración y participación regional del colectivo con discapacidad en los asuntos que les compete;

 

IV.- LINEA DE ACCION

 

El desarrollo de las capacidades de las personas con discapacidad como mecanismo esencial para la lucha contra la pobreza.

 

V.- POLITICAS PUBLICAS

 

1.- Gobierno Regional

De conformidad con la Ley de Bases de la Descentralización y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, las regiones gozan de autonomía económica, financiera y administrativa en el desarrollo de sus funciones y ejecución de acciones, correspondiéndole al Gobierno Central la prerrogativa de formular y diseñar los lineamientos de acción a seguir.

 

En este contexto de pleno respeto a la autonomía regional y concordando las disposiciones legales vigentes con la Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad, resulta pertinente proponer que las instancias regionales generen espacios de atención, promoción y participación de las personas con discapacidad y convoque, de acuerdo al artículo 6º de la mencionada ley general, a los Directores Regionales de cada sector a fin de coadyuvar acciones orientadas hacia la integración de la persona con discapacidad a nivel social, económico y educativo. En estos espacios resulta necesaria la participación activa de las instituciones de personas con discapacidad de su jurisdicción en virtud del artículo 17º de la Ley de Bases de la Descentralización.

 

Por tanto, la propuesta inicial es que el Gobierno Regional constituya un Consejo Regional de Integración de la Persona con Discapacidad – COREDIS que tenga como función la de establecer los mecanismos necesarios a fin de generar acciones que incorporen el enfoque de discapacidad en el desarrollo y la ejecución de políticas para la región.

 

Este COREDIS se constituiría en la instancia central hacia donde confluyan los diferentes sectores de la región y que tendría que estar conformado por:

 

- Un representante del Presidente Regional;

- Un representante del Director Regional de Salud;

- Un representante del Director Regional de Educación;

- Un representante del Director Regional de Trabajo y Promoción del Empleo;

- Un representante del sector de la Mujer y Desarrollo Social;

- Un representante del sector Interior;

- Un representante del sector Defensa;

- Un representante del sector Transportes y Comunicaciones;

- Un representante del sector Vivienda, Construcción y Saneamiento;

- Un representante del Seguro Social de Salud – EsSALUD;

- Representantes de los gremios de las personas con discapacidad legalmente constituidos en la región;

- Un representante de los familiares de las personas con discapacidad por deficiencia mental legalmente constituido en la región-

 

2.- Campo de la Salud

El acceso a la salud debe ampliarse para permitir que las personas con discapacidad puedan ser beneficiarios de este derecho. En este sentido se propone:

·       Brindar atención preferente a las personas con discapacidad en los Centros de Salud de la Región en merito a lo que establece la Ley Nº 27408 de trato prioritario;

·       Convocar a instituciones solidarias de la iglesia, de las redes sociales y de la cooperación internacional para crear un banco de ayudas compensatorias que les permita a las personas con discapacidad en situación de pobreza y pobreza extrema, recibir las ayudas biomecánicas que requieran (sillas de ruedas, bastones canadienses, muletas, bastones guías andadores, bastones de puño), órtesis o prótesis adecuadas para su rehabilitación. Estos bancos de ayudas compensatorias deberán estar relacionados con los servicios de rehabilitación de la red de hospitales de salud a nivel nacional;

·       Supervisar la adecuada implementación y/o repotenciación de los servicios de rehabilitación para atender los requerimientos de las personas con discapacidad. En el caso puntual se requiere se implemente un servicio de audiometría en el Regional de Lambayeque;

·       Garantizar que en todas las regiones del país exista una oferta de rehabilitación funcional y profesional a cargo de los servicios de rehabilitación, para la rehabilitación integral oportuna de las persona con discapacidad de esa región;

·       Organizar campañas permanentes de prevención de discapacidades congénitas y adquiridas;

·       Coordinar con los sectores involucrados para la realización permanente de acciones preventivas con la finalidad de evitar el incremento de discapacidades previsibles a causa de violencia, accidentes de tránsito, trabajo y ejercicios laborales;

·       Promover la realización de Campañas Integrales de Salud, tipo itinerante para atender al mayor número de personas con discapacidad de las zonas altas.

 

3.- Campo Educativo

El derecho a una educación de calidad debe ser herramienta efectiva para el desarrollo de los educandos y educandas con necesidades especiales. Para ello es necesario:

·       Garantizar, en forma gradual, que todas las personas con discapacidad que tengan necesidades educativas especiales  accedan,  en condiciones de igualdad, al servicio público educativo, ofreciendo los recursos personales, materiales y tecnológicos requeridos. Se fomentará, en los casos que se requieran, la implementación de colegios especiales acordes a las necesidades;

·       Promover espacios de concertación con todos los actores de la comunidad educativa (Directoras, docentes, APAFAs) para analizar y explicar la situación de los educandos y educandas con necesidades educativas especiales y la importancia de adecuar los procedimientos para su integración e inclusión;

·       Evaluar el estado de la infraestructura de los centros educativos especiales proponiendo su rehabilitación y reconstrucción, en caso pertinente, y sometiendo las propuestas a los organismos respectivos (A Trabajar, FONCODES, INFES, etc.);

·       Promover un plan de capacitaciones permanentes dirigido a las docentes de los CEE apoyándose en las redes sociales existentes para evitar decaiga la motivación respecto a su trabajo;

·       Establecer estrecha colaboración con los mecanismos de defensa de derechos existentes (Ministerio Público, DEMUNA, Defensoría del Pueblo) para canalizar las quejas y denuncias que, por excesos o discriminación, pudieren presentarse en contra de determinados actores de la comunidad educativa que estuviere vulnerando los derechos de los educandos y educandas con discapacidad;

·       Implementar programas especiales de admisión a las universidades para las personas con discapacidad adecuando los procedimientos de ingreso, los documentos, exámenes e infraestructura de las universidades, haciéndolos accesibles para este colectivo de personas;

·       Facilitar las ayudas técnicas que cubran las necesidades educativas y laborales.

 

4.- Campo Laboral

El derecho al trabajo es el derecho más requerido por las personas con discapacidad. En este sentido, dentro del campo laboral vale realizar las siguientes acciones:

·        Promover y garantizar una cuota de participación de personas con discapacidad en los cursos de formación y capacitación que desarrollen las instituciones especializadas, monitoreadas por la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo y en fiel cumplimiento de lo que establece los Lineamientos de Acción Nº 001-2002-MTPE;

·        Promover, asesorar y apoyar la constitución de Empresas Promocionales para las personas con discapacidad y vincularlas con el resto de programas existentes en la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo en estricto cumplimiento del Decreto Supremo Nº 001-2003-MTPE;

·        Incentivar la adquisición preferente de productos manufacturados y servicios prestados por las empresas promocionales que se constituyan en virtud del artículo 38º de la Ley Nº 27050;

·        Realizar campañas de sensibilización dirigido a los empleadores públicos y privados a fin de concienciar sobre las competencias y habilidades de las personas con discapacidad y su incorporación al mercado laboral dependiente;

·        Promover la realización de ferias en concordancia con el trabajo de los Gobiernos Locales a fin de promover la oferta de productos y servicios de las personas con discapacidad en zonas de alta concurrencia de público para garantizar las ventas;

·        Generar procesos participativos y comunitarios para potenciar redes de apoyo familiares e institucionales;

·        Fortalecer los servicios de información, orientación y formación de las familias  de las personas con discapacidad.

 

5.- Campo de la Construcción, la Vivienda y del Transporte

Es necesario promover mejores formas de accesibilidad para las personas con discapacidad. En este sentido se propone:

·       Coordinar con los Gobiernos Locales y aplicar, en todas las obras de infraestructura que realice tanto el Gobierno Regional como el Local, la oportuna y obligatoria observancia de las Normas Técnicas de Accesibilidad aprobadas por Resolución Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 del 7 de febrero del 2001 demandando su cumplimiento al momento de aprobar los expedientes técnicos;

·       Realizar un mapeo de las instituciones públicas y privadas de uso público que no cuenten con facilidades de accesibilidad para las personas con discapacidad notificándolas de que su no adecuación acarreará una multa de conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27920;

·       Promover el respeto del asiento preferencial para las personas con discapacidad en el transporte público, reservando los asientos más cercanos a la salida de la unidad de transporte e identificándolos con un sticker;

·       Realizar cursos de capacitación e información dirigidos a los funcionarios municipales, arquitectos, ingenieros y estudiantes de las facultades de arquitectura e ingeniería sobre el conocimiento y aplicación de las normas técnicas de accesibilidad;

·       Coordinar con los sectores respectivos para facilitar el acceso a la tecnología informática y telemática  y comunicaciones  a todas las personas con discapacidad;

·       Promover la inclusión de unidades de transporte público accesibles a personas con discapacidad física usuarias de silla de ruedas, en las rutas a cargo del Gobierno Regional y Gobiernos Locales de la jurisdicción.

 

6.- Campo del Sector Interior

 

Con la finalidad de garantizar los derechos humanos de las personas con discapacidad, el Sector Interior, cuenta con Sistema Nacional de Derechos Humanos el mismo que es presidido por el Despacho Viceministerial del Interior y esta constituido por las diferentes Oficinas de Derechos Humanos de Prefecturas, Subprefecturas, Gobernaciones y Tenencia de Gobernación; así como las Oficinas de Atención al Público de las Comisarías PNP a nivel nacional.

 

Por ello dentro de las acciones descentralizadoras del CONADIS, debe establecerse las coordinaciones directas con estas Oficinas a nivel nacional que cuenta el Sector; quienes a su vez participarían directamente con los COREDIS.