10/02/2003.- E. N° 001-2003-MDB.- Incorpora en el organigrama estructural y en el ROF de la Municipalidad de Bellavista a la Oficina Municipal de Proyección Social. (13/03/2003)

 

EDICTO MUNICIPAL

N° 001-2003-MDB

 

Bellavista, 10 de febrero de 2003

 

POR CUANTO:

El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria de la fecha; y,

 

CONSIDERANDO:

Que, el 31 de diciembre de 1998 se promulgó la Ley N° 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad, que señala en su artículo 10° la responsabilidad de los Gobiernos Locales en la formación de las Oficinas Municipales de Atención a la Persona con Discapacidad, cuya finalidad es dedicarse a la protección, participación y organización de las personas con discapacidad, publicándose en el mes de abril del año 2000 el Reglamento de la misma;

Que, la referida Ley dispone que los Gobiernos Locales implementen dichas oficinas las mismas que incorporadas en la institución cumplan como finalidad las actividades y servicios que se brinda a todos los ciudadanos de la comuna incluso para las personas con discapacidad, y lograr así el ejercicio de la totalidad de sus derechos civiles políticos, económicos y sociales;

Que, el proceso de integración de las personas con discapacidad requiere también de un análisis profundo sobre los problemas y necesidades que este grupo humano presenta y sobre las oportunidades que los diferentes actores de la sociedad les puedan ofrecer;

Estando a los fundamentos expuestos y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Artículos 10° y 36° de la Ley N° 23853 -Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con el Voto Unánime de los señores Regidores, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, aprobó el siguiente:

 

EDICTO

 

Artículo Primero.- Incorporar en el ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL y en el REGLAMENTO DE ORGANIZACION y FUNCIONES de la Municipalidad Distrital de Bellavista, la Oficina Municipal de Proyección Social y de Atención a la Persona con Discapacidad, de conformidad con la Ley N° 27050.

Artículo Segundo.- Encargar a Dirección Municipal de elaboración del MANUAL DE ORGANIZACION Y FUNCIONES en el que se incluya el Cuadro de Asignación de Personal y las responsabilidades de cada uno.

Artículo Tercero.- El presente Edicto regirá a partir de la fecha de su promulgación.

 

POR TANTO:

Mando se registre, publique, comunique y cumpla.

JUAN SOTOMAYOR GARCIA, Alcalde.

 

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