07/11/2003.-
O. Nº 071-2003-MDSMP.- Exonera del pago de derechos por concepto de
expedición de partidas de Registro Civil a las personas con discapacidad,
debidamente inscritas en el registro de la Municipalidad de San Martín de
Porres. (21/11/2003)
ORDENANZA
No 071-MDSMP
San Martín de Porres, 7 de noviembre
de 2003
EL ALCALDE DISTRITAL DE
SAN MARTIN DE
PORRES
POR CUANTO:
Visto, en Sesión Ordinaria de la
fecha, el Dictamen Nº 016-2003-CEPYP/MDSMP emitido por la Comisión de Economía y
Planificación, atendiendo un pedido de la Regidora Hilda Ofelia Ferrer Ramírez,
para la expedición gratuita de Partidas de Registro Civil a favor de las
personas con discapacidad debidamente empadronadas en la Oficina de OMAPED con
la finalidad que puedan el Documento Nacional de Identidad ante
RENIEC;
CONSIDERANDO:
Que, mediante, Resolución Jefatural
No 333-2003-JEF/ RENIEC de fecha 17 de
julio del 2003, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobó la
Campaña de tramitación y expedición del Documento Nacional de Identidad para
personas con discapacidad, adultos mayores que viven en hospicios, miembros de
las comunidades nativas y menores de edad, en forma gratuita en número de
67,500, a realizarse desde el 20 de julio hasta el 31 de diciembre del
2003;
Que, según lo dispuesto por el Art.
84° inciso 2.4 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley No 27972, es función específica
exclusiva de los gobiernos locales organizar, administrar y ejecutar los
programas locales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo de
niños, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros
grupos de la población en situación de discriminación;
Que, corresponde al Concejo
Municipal, a tenor de lo dispuesto por el artículo 9° numeral 9) de la Ley
No 27972 - Ley Orgánica de
Municipalidades No 27972, crear, modificar, suprimir o
exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a
ley, dispositivo que concuerda con el artículo 40° de la ley precitada que
establece la aprobación de dichos actos mediante
Ordenanza;
Estando al dictamen del visto, en
uso de las atribuciones otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades
No
27972, por
Unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta; se aprobó
la siguiente;
ORDENANZA
Artículo Primero.- EXONERESE del pago de derechos por
concepto de expedición de partidas de Registro Civil, a las personas con
Discapacidad debidamente empadronadas en la Oficina de Atención a las Personas
con Discapacidad (OMAPED) de la Municipalidad Distrital de San Martín de
Porres.
Artículo Segundo.- Entiéndase que el petitorio para
acogerse a la presente Ordenanza es de carácter personal.
Artículo Tercero.- El presente beneficio tributario
rige hasta el 31 de diciembre del presente año.
Artículo Cuarto.- Encárguese el cumplimiento de la
presente Ordenanza a la Gerencia de Administración y Finanzas, y a la División
de Registros Civiles.
POR TANTO:
Mando se registre, comunique,
publique y cumpla.
LUCIO CAMPOS HUAYTA,
Alcalde.
***********************************