07/11/2003.- O. Nº 071-2003-MDSMP.- Exonera del pago de derechos por concepto de expedición de partidas de Registro Civil a las personas con discapacidad, debidamente inscritas en el registro de la Municipalidad de San Martín de Porres. (21/11/2003)

 

ORDENANZA No 071-MDSMP

 

San Martín de Porres, 7 de noviembre de 2003

 

EL ALCALDE DISTRITAL DE

SAN MARTIN DE PORRES

 

POR CUANTO:

Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 016-2003-CEPYP/MDSMP emitido por la Comisión de Economía y Planificación, atendiendo un pedido de la Regidora Hilda Ofelia Ferrer Ramírez, para la expedición gratuita de Partidas de Registro Civil a favor de las personas con discapacidad debidamente empadronadas en la Oficina de OMAPED con la finalidad que puedan el Documento Nacional de Identidad ante RENIEC;

 

CONSIDERANDO:

Que, mediante, Resolución Jefatural No 333-2003-JEF/ RENIEC de fecha 17 de julio del 2003, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobó la Campaña de tramitación y expedición del Documento Nacional de Identidad para personas con discapacidad, adultos mayores que viven en hospicios, miembros de las comunidades nativas y menores de edad, en forma gratuita en número de 67,500, a realizarse desde el 20 de julio hasta el 31 de diciembre del 2003;

Que, según lo dispuesto por el Art. 84° inciso 2.4 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley No 27972, es función específica exclusiva de los gobiernos locales organizar, administrar y ejecutar los programas locales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo de niños, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de la población en situación de discriminación;

Que, corresponde al Concejo Municipal, a tenor de lo dispuesto por el artículo 9° numeral 9) de la Ley No 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades No 27972, crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley, dispositivo que concuerda con el artículo 40° de la ley precitada que establece la aprobación de dichos actos mediante Ordenanza;

Estando al dictamen del visto, en uso de las atribuciones otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades No 27972, por Unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta; se aprobó la siguiente;

 

ORDENANZA

 

Artículo Primero.- EXONERESE del pago de derechos por concepto de expedición de partidas de Registro Civil, a las personas con Discapacidad debidamente empadronadas en la Oficina de Atención a las Personas con Discapacidad (OMAPED) de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres.

Artículo Segundo.- Entiéndase que el petitorio para acogerse a la presente Ordenanza es de carácter personal.

Artículo Tercero.- El presente beneficio tributario rige hasta el 31 de diciembre del presente año.

Artículo Cuarto.- Encárguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administración y Finanzas, y a la División de Registros Civiles.

 

POR TANTO:

Mando se registre, comunique, publique y cumpla.

LUCIO CAMPOS HUAYTA, Alcalde.

 

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